1.- ( Preg. 6952 ) ¿Quién no está legitimado para pedir que la Asamblea Regional se reúna en sesión extraordinaria? El Consejo de Gobierno El Presidente La Diputación Permanente Una cuarta parte de los Diputados Regionales
2.- ( Preg. 6953 ) ¿De quién no podrá partir la iniciativa de reforma del Estatuto? Del Consejo de Gobierno Del Gobierno de la nación Del Presidente de la Comunidad Autónoma De las Cortes Generales
3.- ( Preg. 6954 ) El proyecto de reforma del Estatuto deberá ser aprobado por: Las Cortes Generales La Asamblea Regional El Consejo de Gobierno Gobierno de la Nación
4.- ( Preg. 6955 ) ¿Podrán los municipios promover la iniciativa de reforma del Estatuto? No, únicamente las comarcas podrán promover dicha reforma Si, de las tres cuartas partes de los municipios cuya población represente la mayoría del censo electoral de la Región Si, de una tercera parte de los municipios cuya población represente la mayoría del censo electoral de la Región No, deberán realizarla necesariamente junto a las comarcas
5.- ( Preg. 6956 ) ¿Qué mayoría se requiere para que la Asamblea apruebe el proyecto de reforma? Dos terceras partes de sus miembros Mayoría absoluta Tres quintas partes de sus miembros Mayoría simple
6.- ( Preg. 6957 ) ¿Quiénes podrán ostentar la condición política de murciano: Los españoles residentes en el extranjero que hubiesen tenido su última vecindad en la Región de Murcia y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España, así como sus descendientes inscritos como españoles que así lo soliciten Los ciudadanos miembros de países de la Unión Europea Los extranjeros que mediante tratado o ley y atendiendo al criterio de reciprocidad así se establezca Los ciudadanos miembros de países de la Unión Europea que lleven residiendo legalmente en España, al menos 10 años
7.- ( Preg. 6958 ) ¿Podrán las comunidades murcianas asentadas fuera de la Región solicitar como tales el reconocimiento de su condición, entendida como el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de la misma?. Sí, correspondiendo al Consejo de Gobierno mediante Decreto, determinar los derechos políticos que supondrá el reconocimiento Sí, debiendo estar regulado por una Ley de la Asamblea el alcance y contenido de dicho reconocimiento, que no podrá implicar la concesión de derechos políticos Sí, debiendo estar regulado por una Ley de la Asamblea el alcance y contenido de dicho reconocimiento, que en determinados supuestos, podrá determinar la concesión de derechos políticos Sí, correspondiendo al Consejo de Gobierno mediante decreto determinar el alcance de ese reconocimiento, que no podrá implicar la concesión de derechos políticos
8.- ( Preg. 6959 ) ¿Cuáles son los derechos y deberes fundamentales de los murcianos?: Son los establecidos expresamente en el Estatuto Se relacionan explícitamente en el Estatuto de Autonomía y además los establecidos con carácter general para los españoles que establece la Constitución Son los establecidos en la Constitución para los españoles, a los que el Estatuto añade además una serie de deberes Son los que establece la Constitución para los españoles
9.- ( Preg. 6960 ) Una vez aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea Regional: Se elevará al Consejo de Gobierno Se elevará a las Cortes Generales Se elevará al Gobierno de la nación Se elevará al Congreso de los Diputados
10.- ( Preg. 6961 ) ¿Qué mayoría de miembros de la Asamblea Regional se requiere para aprobar el proyecto de reforma del Estatuto, cuando se trate de asumir nuevas competencias? Dos terceras partes de sus miembros Mayoría absoluta Tres quintas partes de sus miembros Mayoría simple